
Las principales
novedades de la nueva regulación son la fijación de importes máximos de
financiación; la introducción de un nuevo sistema de codificación y precio
identificativo; la indicación del grado de complejidad de la adaptación, vida
media del producto y aportación a realizar por el usuario; y los requisitos
necesarios a incluir en la prescripción de un producto ortoprotésico.
Los cambios se han
fijado en la Orden SCB/45/2019, de 22
de enero, por la que se modifica el anexo VI del Real Decreto 1030/2006, de 15
de septiembre por el que se establece la cartera de servicios comunes del
Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, se regula
el procedimiento de inclusión, alteración y exclusión de la oferta de productos
ortoprotésicos y se determinan los coeficientes de corrección.
En concreto, la
nueva regulación actualiza el catálogo común de sillas de ruedas, ortesis y
ortoprótesis especiales; fija los importes máximos de financiación de cada tipo
de producto cuando se dispensan a usuarios del Sistema Nacional de Salud;
señala los coeficientes de corrección que permiten calcular los precios de
Oferta para determinar el precio final de facturación definitiva de los
productos ortoprotésicos a los responsables de prestación ortoprotésica, tanto
cuando se abonan directamente a los establecimientos dispensadores, como cuando
se reintegra el correspondiente gasto a los usuarios; y regula el procedimiento
de inclusión, alteración de las condiciones de uso y exclusión de la Oferta de
productos ortoprotésicos del Sistema Nacional de Salud para las ortoprótesis
externas.
La vocal de
Ortopedia ofreció a los asistentes la infografía de la Vocalía Nacional de
Ortopedia en la que se detallan las principales novedades de la Orden.